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predisponer salas cinematogràficas, televisivas y de acceso a internet ; gestionar un bar, restaurantes y servicios pùblicos en general al interno de los centros de cultura ; organizar actividades deportivas, de relajo y de entrenamiento, incluyendo las representaciones teatrales y musicales, aunque para los menores hijos de ciudadanos peruanos ; organizar ferias y manifestaciones en general.

Incluye en el objeto social :

- Las restauraciones de relaciones con las entidades no comerciales y comerciales que persiguen finalidades anàlogas a la Asociaciòn.
- El cumplimiento, de parte de la Asociaciòn y dentro de los lìmites y en el respeto de las leyes, de operaciones mobiliarias, inmobiliarias y finanziarias igualmente necesarias y ùtiles al conseguimiento de los fines sociales. - La impreciòn de publicaciones especìficas reservadas en plevalencia a los socios de la Asociaciòn.
- La participaciòn en proyectos, gare di appalto, sociedades y cooperativas cuyas finalidades son inhrentes al objeto social de la asociaciòn.
- El desarrollo de cada iniciativa en general que tienda a valorizar y difundir la cultura peruana en Italia.

ART. 5 - PATRIMONIO Y ENTRADA DE LA ASOCIACION
1. El patrimonio de la Asociaciòn està constituido por los bienes mòbiles e inmòbiles que pertenecen a la Asociaciòn a cualquier tìtulo, y contributos de las entidades pùblicas y privadas y personas fisicas, de los avances netos de la gestiòn.
2. El fondo de dotaciòn inicial de la Asociaciòn està constituido de los depòsitos efectuados por los fundadores.
3. Para el conseguimiento de los propios fines la asociaciòn dispone de las siguientes entradas: Depòsitos efectuados por los fundadores originales, de los ulteriores depòsitos efectuados de dichos fundadodres y de aquellos efectuados de todos los que adiheren a la Asociación.
- Rentas derivadas del patrimonio;
- ingresos realizados en el desenvolvimiento de la propia actividad;
4. El consejo directivo anualmente estabiliza la cuota del depósito mínimo al efectuarse el acto de adisión a la Asociación de parte de quien tiene intensiones.
5. La adisión a la Asociación no se hace cargo de obligaciones de finanziamento o de desembolzamientos ulteriores respecto al deposito inicial.   << Regresar   Adelante >>
 
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